Comunicado de la FAPE y AP – APAL en contra de la orden de la delegación de Justicia y A. P. de la Junta de Andalucía

RECHAZO A LA DECISIÓN DE PROHIBIR EL ACCESO DE PERIODISTAS A SEDES JUDICIALES DE ALMERÍA

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y de la Asociación de Periodistas – Asociación de la Prensa de Almería (AP – APAL), manifiestan su rechazo a la decisión adoptada por la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía en Almería de prohibir el acceso de los periodistas a las sedes judiciales, ayer, día 18 de febrero, con motivo de la huelga de los jueces.

En el comunicado enviado a los jefes de destacamento de la Guardia Civil encargados de la custodia de los edificios judiciales, se ordenaba que, “a partir del recibo de la presente, por ningún concepto se autorizará la entrada de periodistas y cámaras de prensa sin la debida autorización del Delegado de Justicia de la Junta de Andalucía o Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que son los únicos autorizados para tal fin”. En la misma se indicaba un principio (desde el recibo de la misma), pero no un final a tal medida.

 Esta ‘orden’ quedó deslegitimada y desautorizada sólo 24 horas después por un comunicado de la Presidencia del TSJA. En el mismo se reitera que, desde el 30 de abril de 1996, “los profesionales de los medios de comunicación podrán acceder a las sedes judiciales para realizar su trabajo sin necesidad de autorización, tan sólo acreditando su condición de periodistas. En lo que respecta a las cámaras y medios gráficos, podrán acceder cuando en la sede judicial se celebre algún acto protocolario, previamente autorizado, o juicios orales en salas de vistas”.

Llaman la atención dos  cuestiones:

            1.- Se exige la autorización del Delegado de Justicia de la Junta de Andalucía y del TSJA, como únicos autorizados para tal fin cuando, esa autorización corresponde al Juez Decano, en las sedes de órganos unipersonales, y al Presidente de la Audiencia Provincial, para los colegiados.

            2.- El momento y la forma de emitir la orden tuvo como claro objetivo limitar la libertad de expresión de los jueces y de información al ciudadano.

La FAPE y la AP - APAL consideran estos hechos tendenciosos y contrarios a los derechos fundamentales de libertad de expresión y de información, y manifiestan nuevamente el rechazo a los que utilizan a los periodistas como medio para ‘castigar’ a profesionales de otros sectores. Más aún cuando, para ese objetivo, se extralimitan en sus funciones.

MADRID y ALMERÍA, 19 de febrero de 2009.

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